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Sólo podrá ingresar un nuevo dependiente en caso de nacimiento o cambio de estado civil del titular asegurado y/o afiliado, la compañia realizará una evaluación médica para determinar las condiciones en que se puede incluir el nuevo dependiente. Se debe reportar la inclusión hasta máximo 30 días después del nacimiento o del cambio de estado civil, caso contrario no se aceptarán inclusiones dentro del año póliza o contrato.

Inclusiones y exclusiones

  • Sólo podrá ingresar un nuevo dependiente desde el primer día del mes póliza o contrato siguiente. No se aceptarán inclusiones retroactivas.
  • Sólo se podrá excluir dependientes desde el último día del mes póliza o contrato reportado.
  • Una vez excluido un dependiente, no podrá reingresar a la póliza o contrato hasta la fecha de renovación.
  • Para cualquiera de los casos, sólo se podrá reportar movimientos de dependientes hasta el día 15 del mes póliza o contrato y se aplicará desde el mes póliza o contrato siguiente.
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